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26 de Marzo de 2008

Consejos para evitar el robo de identidad durante la campaña de Declaración de la Renta 2007


Ante la presente campaña de la declaración de la renta 2007, que se inició el pasado 1 de abril y que tendrá lugar hasta el próximo 30 de junio, Fellowes Ibérica, filial española del fabricante estadounidense de destructoras de documentos y productos de ergonomía, ofrece una serie de recomendaciones básicas para que los usuarios no corran peligros innecesarios que les puedan convertir en víctimas de robo de identidad.
Las declaraciones de la renta son documentos que contienen una gran cantidad de información personal y valiosa como nombres, direcciones, números de DNI, números de la seguridad social y números de cuentas bancarias. Por ello, es en esta época del año cuando los ladrones de identidad más acechan ante la gran cantidad de información que pueden obtener. Si esta información llega a manos criminales puede ser tan valiosa como dinero en efectivo ya que puede ser usada para abrir cuentas paralelas o solicitar préstamos en nombre de la víctima, entre otros múltiples delitos.
Según datos del mercado, el número de fraudes relacionados con el robo y suplantación de la identidad, utilizando datos de la Declaración de la Renta de los ciudadanos aumenta cada año. Muchos usuarios son ya conscientes del riesgo que entraña la tributación a través de Internet y toman precauciones al usar este medio, como evitar las conexiones inalámbricas, guardar copias en CDs y borrar la información del disco duro o actualizar puntualmente su software de seguridad. Sin embargo, son muchos los que todavía desconocen que los riesgos de este tipo de fraude también atañen a los documentos impresos, muchos de los que acaban en la basura o en la papelera de reciclaje.

Qué documentos guardar en la declaración de la renta
Por ello, Fellowes Ibérica ofrece una serie de recomendaciones sobre gué documentos es conveniente guardar y de cuáles hay que deshacerse una vez presentada la declaración de la renta:
1.- Declaraciones de la Renta: La agencia Tributaria dispone de cuatro años para comprobar la declaración del IRPF. Por ello, habría que guardar las declaraciones de la renta y los documentos que la sustentan durante cuatro años, desde la fecha de su presentación. Así para el ejercicio 2007 que se puede presentar hasta el 30 de junio de 2008 habría que conservar los documentos hasta el 30 de junio de 2012.
2.- Extractos de declaraciones sobre cuentas e inversiones sujetas a impuestos: Las corredurías y las compañías de fondos comunes envían estados anuales que resumen las transacciones durante este período. Una vez recibidos estos extractos anuales, el usuario debe destruir los extractos mensuales y/o trimestrales almacenados durante este período.
3.- Extractos bancarios: Es recomendable guardar los comprobantes con información necesaria para hacer la declaración de la renta durante cuatro años teniendo en cuenta las fechas del párrafo 1. Otros extractos deben ser destruidos adecuadamente, tras descartar errores.
4.- Extractos de tarjetas de crédito: Se recomienda guardar sólo las relativas a grandes compras, como joyas o grandes electrodomésticos, pues podrían ser necesarios como comprobante para la garantía del producto. En el apartado de donaciones solidarias, el único documento que hace falta conservar y que reconoce Hacienda para poder practicar una deducción por donaciones, es el certificado emitido por la entidad con los requisitos de la Ley 49/2002. Otros resguardos mensuales se deben destruir después de revisados para posibles errores o compras no autorizadas.
5.- Resguardos de pagos: Es un craso error conservarlos, como sucede habitualmente, pues contienen toda la información que un ladrón de identidad necesita para abrir una cuenta suplantando la identidad de un particular. Sólo se deben conservar durante tres meses los relativos a la solicitud de una hipoteca.
6.- Extractos de cajeros automáticos: Deben destruirse inmediatamente tras su consulta.
7.- Recibos sin importancia para la declaración deben destruirse al año de su emisión.
8.- Planes de ahorro o jubilación: Es conveniente guardar de forma indefinida los documentos de contribuciones a los planes de ahorro o jubilación. Si bien las compañías están obligadas a facilitar la información histórica del producto contratado.
9. -Las pólizas de seguros, testamentos y otros documentos legales deben ser conservados de manera indefinida.

Destrucción: la mejor manera de deshacerse de los documentos
Para la adecuada eliminación de los documentos que no es preciso conservar, desde Fellowes Ibérica recomiendan el uso de equipos específicos que permitan la destrucción de documentos y tarjetas de crédito mediante el corte en partículas, que ofrece el máximo nivel se seguridad, haciendo prácticamente imposible la reconstrucción del documento.

Fuente: AGENCIAS

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