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3 de Junio de 2003

Cajas de Seguridad

Sin dudas en estos tiempos que transcurren, las cajas de seguridad de las entidades financieras se han convertido en un producto demandado por aquellos que no desean mantener el dinero en sus casas y por el momento no se han decidido a colocarlo en inversiones de mediano y largo plazo. Sin dudas en estos tiempos que transcurren, las cajas de seguridad de las entidades financieras se han convertido en un producto demandado por aquellos que no desean mantener el dinero en sus casas y por el momento no se han decidido a colocarlo en inversiones de mediano y largo plazo. Sintéticamente podemos decir que desde el punto de vista jurídico, entre el cliente y el banco se celebra un Contrato de Depósito; una de las partes tiene la obligación de abonar una suma de dinero y la otra se compromete a cederle un espacio físico seguro y determinado (según el tamaño de la caja) para que la primera deposite cosas de su propiedad. La fórmula contractual más utilizada es la denominada Contrato por Adhesión: una de las partes (la entidad financiera) lo redacta de pie a cabeza y la otra (el cliente), lo suscribe sin tener la posibilidad de negociar alguna de sus cláusulas es decir que lo toma o lo deja. El contrato perdura mientras exista la relación banco-cliente a través de un Servicio que puede ser una Caja de Ahorro o Cuenta Corriente.

El cliente no tiene la obligación de declarar lo que deposita y el banco no se responsabiliza por lo depositado. Casi siempre y ante la posibilidad de sufrir un siniestro, el banco toma un seguro por una suma fija por cada caja alquilada. En lo que respecta a las medidas de seguridad del recinto que alberga estas cajas o cofres de seguridad como así también sus características de construcción, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) no extiende su poder de superintendencia, ya que la actividad de contralor para este tipo de servicios no se encuentra establecida dentro de las verificaciones sobre el cumplimiento de las Medidas Mínimas de Seguridad establecidas en la Ley 19.130, su Decreto Reglamentario 2525/71 y Comunicación A-3390 del 12-12-01 las que además no involucran estos dispositivos y tecnologías de seguridad para su protección.

Por lo tanto será cada entidad financiera, la que fije las medidas y sistemas de seguridad, los procedimientos para la operatoria de apertura y cierre de estas cajas de seguridad, como así también los mecanismos de auditoría interna para controlarlos. Teniendo en cuenta que este es un servicio no controlado por el BCRA, posibilita que los bancos construyan las bóvedas para cajas de seguridad acorde a su política de seguridad y niveles de inversión; siendo esta una actividad empresarial privada que podría muy bien ser desarrollada por otras instituciones y/o empresas que no se encuentren comprendidas dentro del régimen de la ley 21.526 de entidades financieras.

En general las entidades financieras construyen estos recintos respetando como mínimo las indicaciones técnicas y equipamientos establecidos por el BCRA para las bóvedas de atesoramiento de efectivo (el lector puede ampliar investigando la comunicación BCRA, A-3390 punto 2.3.1. y subsiguientes). La Seguridad Bancaria, al igual que las otras Ciencias de la Seguridad se sustenta en tres pilares bien definidos: La Medidas de Seguridad Físicas, Tecnológicas y Humanas, dentro de un armónico y flexible equilibrio entre todas ellas y desarrollando construcciones, sistemas de seguridad y procesos, con la participación multidisciplinaria de profesionales de diferentes áreas. Podemos citar a título ilustrativo: Medidas de Seguridad Físicas: a) Estudio del terreno y/o lugar donde se construirá la bóveda. b) Estructura fija de concreto y acero. c) Estructura modular con materiales de altísima resistencia y resistencia al calor. d) Pasillos de ronda que permitan recorrer desde el exterior todo el perímetro de la bóveda e) Puerta/s de ingreso f) Módulos de cajas de seguridad g) Cerraduras de precisión, bloqueo y retardo para puerta/s de ingreso al recinto y cajas de seguridad.

Medidas de Seguridad Tecnológicas: a) Sistema de alarma/s conectado a la policía y/o seguridad privada. b) Sensores sísmicos en todas las caras de la estructura, piso y techo para detectar vibraciones. c) Sensores microprocesados de tecnología dual (infrarrojos/microondas) y antienmascaramiento para detección de intrusos en los pasillos de ronda y el interior de la bóveda. d) Sensores de apertura de Puerta Principal y otras. e) Cerradura triplecronométrica para imposibilitar la apertura de la puerta principal antes del tiempo prefijado. f) Circuitos cerrados de televisión de alta definición con grabación digitalizada durante las 24 horas. g) Control de acceso a la bóveda por combinación de tarjeta personal, clave secreta, biometría, etc. Medidas de Seguridad Humana: a) Vigilancia policial/privada durante las 24 horas. b) Adecuada capacitación y control del empleado que tiene la llave "maestra" por el banco y acompaña al cliente para accionar una de las dos cerraduras de la tapa de la caja de seguridad. c) Procedimientos normados e institucionalizados para la entrada y salida de la bóveda de clientes y empleados. d) Control por oposición entre los funcionarios que adjudican y administran las cajas de seguridad, los encargados del acompañamiento de clientes y los responsables de los dispositivos y procedimientos de seguridad. e) Periódicas auditorías para verificar el cumplimiento de las normas. Un potencial cliente de cajas de seguridad podría solicitar antes de firmar un contrato de alquiler de cajas de seguridad, que la institución financiera le explique, sin vulnerar su seguridad, cuáles son las medidas protectivas que el banco adoptó. Indudablemente la preservación de valores en efectivo no tiene mucho tratamiento, o se los deposita en el interior de una caja de seguridad en un banco, o las personas los tienen bajo su esfera de custodia, ocultos en los lugares más insólitos. Es de suponer que sigamos confiando en los bancos que hoy prestan este servicio, ya que estadísticamente se encuentra demostrado que estos recintos siguen siendo el lugar indicado para su custodia. SENSORES: La norma del BCRA establece que los sensores (todos) deben reunir los requisitos de calidad y confiabilidad necesarios, cumpliendo como mínimo, con alguna de las siguientes normas: VDS, CE, DIN, ISO o las que resulten aplicables. Asimismo todos los sensores deben estar conectados al sistema de alarma a distancia enlazado con el organismo de seguridad o policial de la jurisdicción donde se encuentre la sucursal bancaria. Por tal motivo, los bancos tienen la obligación de contratar alarmas policiales. Dentro de su plan de seguridad pueden duplicar las alarmas, contratando además de las policiales, alarmas privadas de monitoreo remoto. PROCESO: Desde el punto de vista de la evolución de la seguridad bancaria, recordemos que las primeras medidas de seguridad correspondieron históricamente a medidas de seguridad física: vigilantes armados, rejas, cerraduras especiales, puertas blindadas, paredes de hormigón y acero. Como también evolucionaron las herramientas de efracción, los bancos se ven en la necesidad de aplicar seguridad electrónica para una temprana detección de las presencias no autorizadas y/o del comienzo de las roturas. (boqueteo). Dr. Daniel Alí Profesor y Consultor de la Facultad de Ciencias de la Seguridad (IUPFA) daniel.ali@itau.com.ar Investigación del fraude bancario Tecnologías y recursos humanos Las pérdidas por fraude o comúnmente denominado "delito de guante blanco" representa hoy, entre el 60% y 70% de la totalidad del dinero que un banco pierde por maniobras delictivas; el porcentaje restante se lo llevan los delitos violentos como el "asalto express". La costumbre de trabajar sobre los efectos que el fraude bancario produce, no brinda soluciones sencillas. Tampoco es fácil trabajar sobre las causas que lo posibilitan, pero creemos que lo verdaderamente complejo, está en el cambio de la visión y la mentalidad con que se observa y analiza este problema. Es muy probable que haya llegado la hora en que las instituciones bancarias implementen nuevas tecnologías, técnicas y procesos inteligentes, innovadores, audaces, modernos y flexibles. Estos procedimientos permitirán demostrar rápidamente, además de un nuevo vuelo imaginativo, la materialización de respuestas concretas ante las adulteraciones y falsificaciones con las cuales se realizan las maniobras fraudulentas. Sabido es que, consumado el fraude bancario sólo queda la intervención de las auditorías y las autoridades de prevención y judiciales; esto es, trabajar sobre los efectos. La otra alternativa es intentar trabajar sobre las causas que permiten la consumación del fraude bancario. Las áreas de asuntos legales, auditoría, seguridad, banca personal, riesgo crediticio y todo aquel sector que se considere participa de determinados circuitos deben rastrear, analizar y suprimir las vulnerabilidades que todo procedimiento presenta y proponer contramedidas apropiadas. Una de ellas es la capacitación de determinado nivel de profesionales bancarios (ej: auditores/analistas de crédito), en ciencias y técnicas criminalísticas muy cercanas a actividades que hasta ayer poco tenían que ver con estas organizaciones y que hoy son temas de trato cotidiano en cuanto a las adulteraciones o falsificaciones de documentos; cheques y detección de firmas apócrifas, sólo por dar algunos ejemplos. Esta apertura al estudio de disciplinas propias de las ciencias criminalísticas y de la seguridad, hasta hace poco tiempo se encontraban vedadas al ciudadano común; pero hoy el mercado cuenta con un nuevo perfil de profesionales. Es la banca privada la que debería proponer entre otras cosas a los registros públicos, la posibilidad de acceder a sus bases de datos para poder comprobar en forma indubitada la identidad civil de sus clientes y empleados. Prevenir sus causas Qué queremos decir cuando afirmamos: Hay que trabajar sobre la prevención de las causas que posibilitan el fraude bancario. Para poder organizar nuestra tarea, debemos primeramente detectar, identificar y buscar el origen de las maniobras fraudulentas. Entendiendo en esta etapa como es el "modus operandi", una parte de la organización debería trabajar sobre los efectos producidos o a producirse, y la otra deberá intentar trabajar sobre las causas que posibilitaron la materialización de esos efectos. A grandes rasgos, podemos argumentar que una gran mayoría de los fraudes que atentan contra las instituciones financieras son llevados a cabo utilizando recurrentes técnicas criminales. Otro aspecto de gran importancia a tener en cuenta es saber si estos actos antisociales son internos, externos o de carácter mixto; es decir, si además de delincuentes y/o empleados infieles, intervienen organizaciones criminales que aglutinan ambos componentes. Estas cuestiones vulneran diariamente a las organizaciones, y se torna cada vez más necesaria la preparación de perfiles profesionales que analicen total o selectivamente la documentación que se aporta para la tramitación de cuentas bancarias y/o acceso a paquetes de servicios. Véase por un instante la posibilidad de contar con una herramienta que nos permita realizar esto. Pensemos en lograr una capacitación casi científica de aquellos que intervienen en el contralor de la documentación necesaria para tramitar una cuenta bancaria. Los que diariamente lidian con esto, saben de la importancia de poder contar con un funcionario que a simple vista, perciba por ejemplo, la superposición fraudulenta de dibujos papilares y/o sellos existentes en la fotocopia de un Documento Nacional de Identidad presentado para la apertura de una cuenta bancaria y que por lo tanto le siembre duda y saque ese trámite de la línea ordinaria y lo someta a un análisis más profundo. Imaginen que alguien en el banco, mira con ojos distintos a los del resto y está capacitado para distinguir imitaciones serviles de firmas; adulteraciones por fotocopiado de recibos de sueldos, escrituras traslativas de dominio, sentencias judiciales, etc. y que apartadas, las someta a exámenes scopométricos fáciles y sencillos. Pensemos en la posibilidad de someter los cheques superiores a determinado monto antes de ser remitidos a la cámara compensadora, a un examen pericial con luz incidente, rasante, diascópica y ultravioleta que nos ayude a encontrar adulteraciones sofisticadas como las producidas por "delaminado". Soñemos el estar "on-line" con algún ente público que posea una buena base de datos y que por un pago predeterminado y justo, además de poder gerenciarse, nos corrobore la identidad civil de los futuros clientes y empleados. Si se concreta esto, al menos sabremos que estamos trabajando sobre la prevención de algunas de las causas que posibilitan actos de fraude destinados a vulnerar a las instituciones financieras; de esta manera, se podría redistribuir parte del esfuerzo destinado a trabajar sobre los efectos, y las organizaciones se concentrarían más en las modalidades no recurrentes y así sucesivamente, ya que ésta es una carrera que no se detendrá jamás. Silvia Lucía Robles

Fuente: BALUARTE

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